“Con respecto a nuestra evolución jurídica”

Alguien me preguntaba cuáles eran los rasgos sobresalientes del Derecho que se aplica, se estudia y se ejerce en los momentos actuales en nuestro país. En respuesta puedo ofrecer las conclusiones que siguen a continuación, que son el fruto del detenido estudio de las características de la legislación y de la jurisprudencia del último decenio, las cuales son las siguientes:
.- Está presente el deseo de quienes operan en este campo, de desvincularse de las formas, lo cual es perfectamente válido en la medida en que no se convierta en un movimiento anárquico.

.- El predominio de la pasión sobre la lógica, de lo cual es un claro ejemplo el hecho de que se afirme el principio de participación en el plano legislativo, en lugar de crearse una comisión técnica en sede de la Asamblea Nacional para la depuración de los proyectos de ley.

.- En contraste con la solidez del pensamiento lógico está el abuso de la retórica que, se encuentra, en ese desbordamiento de adjetivos que tiene la calificación de cualquier actividad o de cualquier deber.
.- La ruptura con el Derecho Comparado, que ha significado para Venezuela el aislamiento de los países de producción jurídica.

.- Como consecuencia de la constatación anterior, está la reafirmación de lo autóctono.
.- El divorcio entre la legislación y la jurisprudencia, el cual es resaltante en ambas ramas. En efecto, el juez olvida todos los elementos sobre los cuales se erigió la norma, como lo son: su origen, su formación; la exposición de motivos; los antecedentes; y, se basa en lo que constituye la doctrina judicial vinculante, con una sumisión que pareciera contraria al principio de independencia que lo rige.

En el mismo sentido, el legislador actual, así como ignora una serie de cosas importantes como lo son las leyes anteriores y la evolución institucional de la materia regulada, así también ignora a la jurisprudencia, al punto tal que resulte evidente que este “ignorarla” no es debido a que la conoce y no quiere aplicarla, sino al hecho de que no solo no la conoce, sino que no le interesa conocerla.

.- El criterio de que todo se resuelve con la ley. Esto es que la ley es la panacea para resolver los problemas, bien derogándola; bien, modificándola total o parcialmente, según específicos intereses; o bien, dictándola, esto es, otorgando la solución buscada a través de ella.

Estas son las inclinaciones que resultan evidentes en el mundo de la legislación y la jurisprudencia.
En mayor o menor medida, son las anteriores notas las que resaltan en la evolución jurídica de la Venezuela del año 2011.

Hemos estimado que, es necesario ofrecer “a quien pueda interesar”, algunas recomendaciones sobre lo que debe preservarse como elementos protectores del sistema que, con grandes defectos, pero también con exitosos resultados en muchos campos, nos ha regido hasta ahora. Estas recomendaciones son fundamentalmente las siguientes:
-. Preservemos los buenos textos jurídicos, en especial los códigos. No dejemos que unos cuantos “entusiastas” carentes de especialización en el tema específico, los destruyan, porque estaremos retrocediendo en el plano de las instituciones que los mismos regulan y, quizás ese retroceso resulte irreversible.

-. Otra recomendación está, en el fortalecimiento del Contencioso Administrativo si queremos tener una sociedad, donde se respeten los sacrosantos principios sobre los cuales se erige el Estado de Derecho y de Justicia.