BCV establece tasas para deudas laborales y tarjetas de crédito

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CARACAS – El Banco Central de Venezuela estableció la tasa de interés aplicable a todas las obligaciones derivadas de la relación de trabajo relacionadas con mora en el pago de salario, prestaciones sociales e indemnizaciones. Por otra parte, dictaminó que la tasa máxima a aplicar para operaciones con tarjetas es 29%.

El ente emisor, de esta manera, estableció en 18,83% la tasa de interés aplicable a obligaciones derivadas de la relación de trabajo relacionadas con mora en el pago de salario, las prestaciones sociales e indemnizaciones. Y colocó en 17,38% la tasa promedio entre la activa y la pasiva sobre las obligaciones derivadas a la relación del trabajo. Los intereses que generan las obligaciones laborales deberán ser calculados a la tasa activa determinada por el BCV. Se tomará como referencia los seis principales bancos del país.

La tasa de interés activa máxima anual aplicada por las instituciones bancarias a la realización de operaciones con tarjeta de crédito, de acuerdo a lo informado por el Banco Central, es del 29%.

Por otra parte, se informó que las tasas de interés activa máxima anual aplicada por las instituciones bancarias para la realización de operaciones con tarjeta de crédito, y que regirá en agosto, se mantiene en 29% y la mínima en 17%, mientras que para las obligaciones morosas por este concepto se sumará 3% adicional.

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