TSJ autorizó a Maduro para que presente la Memoria y Cuenta 2017

Venezuela's President Nicolas Maduro (front C) attends a ceremony to mark the opening of the judicial year at the Supreme Court of Justice (TSJ), next to Venezuela's Supreme Court President Gladys Gutierrez (front R), in Caracas, January 29, 2016. REUTERS/Marco Bello

CARACAS¬- El Tribunal Supremo de Justicia autorizó que el jefe de Estado presente este domingo ante la Sala Constitucional su Memoria y Cuenta 2017, ante el “desacato” que mantiene la Asamblea Nacional.

El máximo órgano judicial explicó: “que en esta oportunidad el Presidente Constitucional y en pleno ejercicio de sus funciones, ciudadano Nicolás Maduro Moros, debe rendir su mensaje anual al que refiere el artículo 237 Constitucional, en el que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior, ante el Tribunal Supremo de Justicia, en transmisión conjunta de radio y televisión, para llegar a la mayor cantidad de venezolanas y venezolanos”.

La sentencia expresa además: “en razón de lo antes expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión supletoria del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 145 eiusdem, la Sala estima pertinente entrar a decidir sin más trámites el presente asunto. Así se decide”.

Asimismo, ordenó la publicación de la decisión en la Gaceta Judicial y a la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el cual deberá señalar: “Sentencia que interpreta el artículo 237 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y declara la omisión inconstitucional del legislador nacional, por lo que el Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, presentará su mensaje anual ante el Tribunal Supremo de Justicia”.
El acto está pautado para las 11 de la mañana.

Por su parte, constitucionalistas y varios diputados de la AN han advertido que el Presidente está obligado a rendir cuentas en el Parlamento, y que la sentencia emitida por el TSJ es inconstitucional por desconocer al voto popular que eligió la mayoría opositora en el Poder Legislativo el pasado 6 de diciembre de 2015.

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