Alteran Cartera de Crédito al sector manufacturero

De la Cartera de Crédito al sector manufacturero debe destinarse al menos un 40% a pequeñas y medianas empresas y un 80% de esos créditos a “sectores estratégicos"
De la Cartera de Crédito al sector manufacturero debe destinarse al menos un 40% a pequeñas y medianas empresas y un 80% de esos créditos a “sectores estratégicos"

CARACAS – El Ministerio de Economía y Finanzas fijó las bases, condiciones, términos y porcentajes mínimos obligatorios de la Cartera de Crédito dirigida al sector manufacturero, por parte de la banca universal y banca comercial durante el Ejercicio Económico Financiero 2018. En la Gaceta Oficial n° 41.438 se establece un monto de entre 20% y 30% que los bancos deben destinar a las actividades de manufactura de forma obligatoria.

Las porciones de crédito se dividen en 20% al 30 de septiembre de 2018 y 30% al 31 de diciembre del año en curso. Las obligaciones bancarias al sector manufacturero deben cumplirse al cierre del año, con base en el saldo de la cartera de créditos bruta de 2017.

El texto en Gaceta Oficial también indica que de los porcentajes señalados, debe destinarse una cantidad de al menos 40% a las “pequeñas y medianas industrias, empresas conjuntas, empresas mixtas o empresas de propiedad social indirecta, quedando el porcentaje restante para el financiamiento a otras industrias. De igual manera, 80% de estos créditos deben dirigirse a sectores denominados estratégicos como alimentos, vidrio, textil, papel, entre otros.

Otras consideraciones de la Cartera de Crédito aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas establecen que se podrán financiar operaciones relacionadas a la adquisición de transporte que corresponda con la manufactura. El Comité de Seguimiento de la Cartera de Crédito Manufacturera deberá emitir su opinión al menos tres veces al año sobre el cumplimiento de los bancos universales y comerciales.

Entre otras cosas, se prohíbe a través de la nueva cartera crediticia el financiamiento de la compra de bienes inmuebles no industriales, la ejecución de obras de construcción en terrenos o inmuebles donde no se desarrolle la actividad productiva, así como para financiar empresas cuya actividad principal sean las actividades corrientes y especializadas de construcción de edificios y obras de ingeniería civil.