TSJ aprueba embargo preventivo de Odebrecht y Seguros Caroní

Fue declarada procedente la solicitud de medida cautelar de embargo preventivo requerida por el Metro de Caracas contra las sociedades mercantiles Constructora Norberto Odebrecht, S.A. y Seguros Caroní, S.A.
Fue declarada procedente la solicitud de medida cautelar de embargo preventivo requerida por el Metro de Caracas contra las sociedades mercantiles Constructora Norberto Odebrecht, S.A. y Seguros Caroní, S.A.

CARACAS – La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró procedente la solicitud de medida cautelar de embargo preventivo requerida por la empresa C.A. Metro de Caracas (Cametro), contra las sociedades mercantiles Constructora Norberto Odebrecht, S.A. y Seguros Caroní, S.A., con ocasión a la demanda por cobro de bolívares y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento interpuesta en su contra.

La magistrada Bárbara Gabriela César Siero, decretó según la sentencia N° 01239, la medida cautelar de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de las referidas sociedades mercantiles, hasta por la cantidad actual de Bs. 21.960,90, así como hasta por el monto de US$. 197.730.000,00, cuya ejecución quedará supeditada al sostenimiento o no de la “medida cautelar innominada autónoma” decretada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el pasado 9 de agosto de 2017.

El fallo del Máximo Juzgado del país ordena oficiar a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg), a los fines de que determine los bienes muebles sobre los que recaerá la medida preventiva decretada en el presente asunto en lo que atañe a la sociedad mercantil Seguros Caroní, S.A.

 

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