BCV autoriza compra de mil euros diarios en bancos y casas de cambio

BCV precio dólar

CARACAS – El Banco Central de Venezuela (BCV) eliminó los montos mínimos para ventas de divisas a personas naturales y jurídicas realizadas por bancos y casas de cambios en el país.

Según un comunicado del ente emisor de este 26 de septiembre, los montos máximos para las operaciones de venta de divisas por cliente o usuario que podrán realizarse en bancos y casas de cambio son de 1.000 euros o su equivalente en otra moneda por día, 4.000 euros mensuales y 8.500 euros al año.

De manera que fueron eliminados los montos mínimos para ventas al menudeo de moneda extranjera y podrán hacerse en bancos y casas de cambio, que desde 2019 estaban establecidos en un mínimo de 50 euros para personas naturales y 500 euros para personas jurídicas.

La cifra establecida ahora tiene como máximo de 8.500 euros o su equivalente en otra moneda extranjera, de acuerdo con el Convenio Cambiario N° 1 en su artículo 19.

El monto máximo anual será el saldo acumulado realizado en operaciones de adquisición de moneda extranjera y la tasa de cambio será la oficial publicada por el BCV en su portal al día de la transacción, con un recargo de uno por ciento por comisión,  según el artículo 22 del Convenio Cambiario N° 1.

Las entidades financieras dispondrán de 30 días hábiles para hacer los ajustes en sus plataformas tecnológicas, de acuerdo a las nuevas normas establecidas.

Redacción Caracas

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