CARACAS. – Con el objetivo de restablecer la economía venezolana, quedó decretado en el artículo 12 de la Resolución 010/16, que los productores de los sectores agroalimentarios, de higiene personal, aseo del hogar, entre otros, estarán en la obligación de impartir el 50% de su producción a los Comités Locales de Abastecimiento y Distribución (CLAP).
Para “establecer las normas para regular los mecanismos, términos y condiciones de venta a empresas u otros entes públicos, de un determinado porcentaje del total de producción de una empresa pública o privada, o de un sector productivo, a los fines de estabilizar el abastecimiento oportuno a los”, reza la resolución en artículo 1.
Asimismo, el edicto estipula que los fabricantes que se nieguen a acatar el mandato serán sancionados con las penas que asigna la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Alimentaria.
“Las empresas públicas y privadas dedicadas a la producción de insumos o bienes de los sectores agroalimentario, de higiene personal y aseo del hogar, están obligadas a vender hasta 50% de su producción a los entes públicos que indique el responsable del Vértice Construcción y Consolidación de un Nuevo Sistema de Distribución y Comercialización de la Gran Misión de Abastecimiento Soberano”, indica el artículo 2 de la nueva ley.
El presidente Nicolás Maduro expresó que esta medida se suma a los esfuerzos que realiza su gobierno para controlar la escasez alimentaria. Aseguró además, que esto servirá para abastecer a la nación y terminar con la “especulación” de algunos sectores.
(Dairys Berrio)